jueves, 15 de agosto de 2013

APERTURA DE LA CUENTA BANCARIA




Después de elegir la forma jurídica, la visita al notario y registrarnos ante el SAT, ahora necesitamos abrir una cuenta bancaria. Esta operación, por ser un contrato o servicio con una entidad privada como son los bancos, a priori podría parecer que más sencilla y sobre todo rápida. Pues no fue así. Una vez más en México, los bancos olvidan que nosotros somos los clientes, y ellos nos deben dar un servicio. Se olvidan de que sus ingresos son gracias a nosotros. Y ¿Por qué digo esto? Porque las comisiones por servicios son escandalosas, y los plazos y requisitos para abrir una cuenta empresarial o de persona moral, también son ridículamente largos.

COMISIONES:
Las comisiones por tener acceso vía online o por internet los considero personalmente un robo a mano armada. Cuando hay países en los que este servicio es gratis, es impresentable que las entidades bancarias nos cobren alrededor de 200 pesos al mes, o como hacen otras entidades, 2400 pesos en el primer mes de la apertura bancaria.  ¡2400 pesos en el primer mes! ¿Y qué ocurre si a los 3 meses deseo cerrar la cuenta, me van a devolver el dinero? Claro que no. Y esto pasa porque en este país nunca nos quejamos. Lo aceptamos todo sin protestar, y hacen con nosotros lo que quieren. Hay que tener en cuenta, que la plataforma online,reduce las operaciones de ventanilla en los bancos, es decir, menos gente acude al banco físicamente a realizar ciertas operaciones. ¿En qué se traduce esto para un banco? Se traduce en reducción de personal, es decir, reducción de costos. Y aun así nos cobran más.

PLAZOS:
Al final optamos por tener dos cuentas con dos entidades bancarias diferentes. Después de presentar la documentación, y después de que lo “analizara” el banco, al final conseguimos la cuenta bancaria. Tiempo transcurrido: más de un mes. Un plazo ridículo teniendo en cuenta que esa cuenta es para “ingresar” dinero, no vamos a sacar nada, no vamos a pedir un préstamo. Es sólo una cuenta bancaria, una serie de números, en los que vamos a ingresar dinero. En el peor de los casos, van a ser 0 ingresos. ¿Para eso requieren tanto tiempo?
Y luego está el tema de las referencias comerciales. Estimadas entidades bancarias, si somos una empresa de nueva creación, si estamos fundando nuestra empresa, si vamos a abrir nuestra primera cuenta bancaria ¿Cómo quieren que tengamos las referencias comerciales? NO TENEMOS CLIENTES TODAVÍA. En fin, al fina como todo el mundo dimos los datos de 3 amigos y confirmaron “nuestras referencias comerciales” como empresa. Siempre me pregunto lo mismo: si dejo deudas, ¿las “referencias comerciales” las van a pagar? Favor de retirar ya esta absurda solicitud o trámite que no lleva a nada.

ANÉCDOTA:
Por último les voy a hacer llegar una anécdota por así llamarlo. En este caso, vamos a poner siglas al nombre a la entidad bancaria, S.B. Abrimos una cuenta de dólares en Scotiabank. Firmamos un contrato, en el que claramente se indicaba en el saldo mínimo promedio debía ser de 500 USD. Teniendo en cuenta esta cláusula, optamos por ingresar 1,000 USD en la cuenta. Ya por el simple hecho de recibir el dinero por transferencia, nos aplicaron un cargo de 20 USD. (Primer asalto a mano armada). Pero aquí viene lo bueno, al de un mes me pasan un cargo de 30 USD sin  que yo hiciera ni un solo movimiento, y al mes siguiente otros 45 USD. Al preguntar el porqué, me indican que el saldo mínimo promedio es de 1,000 USD y si no la penalización era de 45 USD. (¿Y por qué me cargaron los 30 USD? Aun hoy tampoco tengo la respuesta). Volví a revisar el contrato firmado por mi puño y letra y claramente indicaba que debían ser 500 USD como mínimo, y no los 1000 USD. Y he aquí la sorpresa. Me indican que mandaron una circular, o que avisaron vía correo postal, que a partir de ahora el saldo mínimo iba a ser de 1,000 USD. ¿Qué? Es decir, ¿en menos de un mes deciden unilateralmente aumentar el saldo a 1,000 USD, y con sólo mandar una circular es suficiente? Eso no se puede hacer. Si lo quieren hacer que lo apliquen con los clientes nuevos. Yo firmé un contrato por 500 USD. ¿Qué pasa si no tengo 1,000 USD?¿Tendré que cancelar la cuenta? Y ni me quiero imaginar si el día de mañana deciden poner un límite de 5,000 USD, porque así lo han decidido. Por supuesto, me quejé de ello, y les amenacé con cancelar la cuenta. EL resultado es que me van a devolver dicho dinero (Aun estoy esperando…). Pero esta pequeña anécdota, es una muestra más del abuso de las entidades bancarias, y una vez más olvidan quiénes son sus clientes.

RECOMENDACIONES:
Por las prisas al final optamos por dos entidades bancarias sin poder analizar mucho sus comisiones, prestaciones etcétera. Les recomiendo que en paralelo a todo el desarrollo de la constitución de la empresa, vayan solicitando información en casi todas las entidades bancarias, y que les expliquen muy bien qué comisiones cobran, cuánto cobran, cómo lo cobran, coste de las tarjetas de crédito… Con toda esa información con antelación, evitarán las prisas y las decisiones precipitadas.

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domingo, 7 de julio de 2013

REGISTRO ANTE EL SAT

Después de elegir nuestra forma jurídica, y firmar el acta constitutiva ante notario, el siguiente paso es dar de alta la empresa ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) . En nuestro caso personal, fue relativamente complicado, pero hay que reconocer que gracias al sistema de citas por Internet el proceso es bastante ágil, siempre y cuando tengamos todos los documentos que exigen.





CITA ANTE EL SAT

Es muy recomendable que hagamos la cita previa por Internet. Es posible acudir sin cita previa, pero para ello deben ponerse en la fila con toda la gente, por lo que van a perder su valioso tiempo. Si lo hacen por Internet, es suficiente con que vayan 5 minutos antes de la cita. No acudan con demasiada antelación ya que puede que no les atiendan hasta que llegue su hora.

Siempre es mejor que se informen directamente con el SAT porque cada caso puede ser diferente. Para ello les recomiendo el servicio de información vía Chat del SAT.  Cada cita es para un proceso diferente. Dependiendo de los documentos que tenga el representante legal, pueden requerir más o menos citas. En nuestro caso los trámites los realizó mi socio, el cual no contaba con RFC (Registro Federal de Contribuyentes), por lo que requerimos las siguientes citas:

  1. Cita para registrar la empresa ante el SAT, para obtener el RFC (Registro Federal de Contribuyentes) de la persona Moral.
  2. Cita para obtener la FIEL (Firma Electrónica) de la persona física, es decir, de mi socio.
  3. Cita para obtener la FIEL (Firma Electrónica) de la persona moral, de la empresa.

Durante el proceso de selección de la fecha y hora para la cita, una vez que hayan elegido entre las diferentes opciones, recibirán un correo para confirmar que se ha realizado el registro (Acuse de cita). Ahora bien, antes de la fecha de la cita,24 o 48 horas antes, recibirán otro correo en el que deben confirmar que van a acudir a la cita. Si no lo confirman la cita se cancelará. Es por este hecho, que seguramente durante el proceso de selección de la cita vean muchos días ya no disponibles. Mucha gente registra la cita, pero luego no la confirman, por lo que si ven frecuentemente los horarios de las citas, puede que vean como se liberan algunos días que en principio ya estaban ocupados. 

Pueden registrar y confirmar una cita, pero si luego no acuden a la cita, se va a contabilizar la no asistencia. Si realizan esta misma operación 3 veces en el mismo mes, se les penalizará con 30 días sin poder realizar otra cita. Por ello es importante que acudan a las citas confirmadas.


TRÁMITES

Los siguientes trámites son los que realizamos nosotros, y también pueden observar la documentación principal que requerimos. Les recomiendo que se informen con antelación de todo lo que van a requerir, porque seguramente en este artículo no se incluya todo.

1. Obtención del RFC:

En este caso  lo más importante es que lleven el acta constitutiva, poder del representante legal que vaya a realizar el trámite (generalmente en el acta constitutiva se incluye dicho poder), comprobante del domicilio donde se va a ubicar la razón social (recomiendo que lleven impreso el mapa por ejemplo de google maps, ya que les preguntaran entre qué calles está el domicilio a registrar), identificación oficial, CURP y acta de nacimiento.

Importante: Aunque parezca obvio asegúrense de que su nombre en el CURP y la identificación oficial coincidan exactamente, hasta en el más mínimo punto y coma. Estos documentos conviene que los lleven en original y copia en todos los trámites. Quizá no todos sean necesarios, pero más vale tenerlos.

2. FIEL de la persona física:

Es necesario que primero se obtenga el RFC del representante legal. Para ello antes de la cita deben llevar en una memoria de USB los dos archivos que genera el Software para la generación del certificado y la clave. Aquí escrito el proceso parece más complicado, pero realmente es muy sencillo. En el peor de los casos lo pueden obtener directamente con el asesor del SAT que les ayude en realizar este trámite, pero en cualquier caso no olviden llevar una memoria USB.

3. FIEL de la persona moral:

Este proceso es similar al proceso anterior, pero en este caso se va a obtener la FIEL de la sociedad o persona moral. Seguramente en este proceso le darán el código CIEC, válido para realizar trámites por Internet.

4. Registro en el padrón de importadores:

Si van a importar material o productos de otros países, van a requerir darse de alta en el padrón de importadores. Desconozco si es con todos los países, o con aquellos con los que no se tenga algún acuerdo o tratado internacional de libre comercio. En mi opinión particular este trámite me pareció algo más complicado, ya que no parece directamente otro trámite del SAT. Fue algo más complicado encontrar el enlace y los pasos a seguir. Ni siquiera en el Chat del SAT pudieron facilitarme mucha información.

5. Sello digital:

Este trámite es sencillo y se realiza en línea (online). Lo van a requerir para activar su programa de facturación electrónica. Este sello es necesario para que puedan emitir facturas electrónicas.


RESUMEN

Estos trámites son los básicos que realizamos nosotros para dar de alta la empresa ante el SAT. Posteriormente facilitamos los datos del RFC al notario, para que ya procediera al último paso: dar de alta la sociedad ante el registro mercantil. En caso de que la sociedad tuviera capital extranjero, o algún socio extranjero, deberían darlo de alta ante la secretaría de economía, en el Registro Nacional deInversión Extranjera. Trámite relativamente sencillo.

A medida que tengan más operaciones, van a requerir más tramites u operaciones ante el SAT. La mayoría de esos trámites los van a realizar online, pero sí es importante que conozcan a nivel de contaduría las obligaciones y derechos que tienen ante el SAT. Si ustedes lo desconocen como fue en nuestro caso, es conveniente que busquen a algún contador. Seguramente en un inicio no se puedan permitir la contratación de un contador, por lo que pueden contratar los servicios de asesores o contadores, los cuales les van a cobrar en base al número de trámites a realizar.

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lunes, 1 de julio de 2013

VISITA AL NOTARIO


En el anterior post vimos las principales opciones que teníamos para la elección de la forma jurídica. Al final en nuestro caso optamos por la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Después de esta decisión, hay que constituir la empresa. Para ello tuvimos que ir ante un notario, por lo que os contaré nuestra experiencia y aspectos a tener en cuenta.






NOMBRE DE LA EMPRESA O RAZÓN SOCIAL

Os recomiendo que elaboren una lista de unos 5 nombres de empresa o razón social. Cuando decimos nombre, nos referimos al nombre “oficial” de la empresa, a la razón social. Si lo quieren ver de otra forma, me refiero al nombre al cual nos deben elaborar a nosotros la factura. Muchas empresas tienen un nombre, y luego de cara al público en general, tienen una Marca. No sé si este ejemplo es bueno y correcto, pero para que se hagan una idea,  FEMSA puede ser la razón social, y OXXO una Marca.

Siguiendo con lo anterior, conviene que elaboren varios nombres, y cuanto menos “habitual” mejor, ya que habrá menos probabilidades de que ya exista una razón social con el mismo nombre. En nuestro caso elaboramos una lista de 5 nombres por orden de prioridad, y aunque desconozco el porqué, al final se eligió el último nombre que queríamos. Empezamos bien esta aventura. Pero vayan elaborando esa lista, porque de lo contrario llegará el día de acudir al notario y no sabrán que decirle.

ACTIVIDAD DE LA EMPRESA

Si ya tienen claro las diferentes opciones para la razón social, ahora toca definir bien a qué actividad o actividades se va a dedicar la empresa. En este punto es importante emplear conceptos genéricos, para que puedan abarcar muchas más actividades de las que en principio tienen en mente. Por ejemplo: si se van a dedicar a la venta de “cámaras web ultrasónicas”, en la actividad de la empresa no vamos a poner “Venta de cámaras web ultrasónicas” únicamente, ya que toda la actividad estaría limitada a ese producto en específico, y uno nunca sabe cómo van a evolucionar los negocios, ni lo que vamos acabar vendiendo. Si no lean la graciosa historia de cómo Lamborghini, la famosa marca italiana de automóviles deportivos de lujo, amplió su oferta paso de fabricante de maquinaria agrícola a fabricante de autos deportivos de lujo.

Por lo tanto, en nuestro ejemplo anterior, podríamos definir nuestra actividad principal como “Compra venta de artículos electrónicos de consumo, producto tecnológicos e informáticos. Innovación y desarrollo de nuevas tecnologías en electrónica de consumo…”. Si no saben cómo definir esta parte, consúltenlo con su Notario. En nuestro caso el Notario ya tenía una serie de plantillas elaboradas que se adaptan a muchos tipos de empresa o actividades.

CAPITAL SOCIAL

Deben tener claro el número de socios y el capital social que van aportar. En principio para una S de RL de CV el capital mínimo son 3,000 pesos mexicanos. Pero obviamente no parece un importe muy creíble para constituir una sociedad. Es decir, es posible, pero en nuestro caso nos aconsejaron que indicáramos 100,000 pesos de Capital social. No hace falta desembolsar esta cantidad al instante de la firma del notario. Nuestra responsabilidad está limitada a esa cantidad. Siendo la nuestra una sociedad de dos, la idea inicial era que cada parte social aportara 50,000 pesos (50% - 50%), pero el notario nos aconsejo que una de las partes tuviera la mayoría absoluta, para que en un futuro no se estancara la actividad de la empresa, por estar atorados por diferencia de opiniones. Por tanto, mi socio y yo tomamos la decisión de que yo pusiera el 60% del capital social, y él el restante 40%.

SELECCIÓN DEL NOTARIO

Es aconsejable que acudan a un notario que les hayan recomendado. En nuestro caso elegimos uno al azar y la verdad que se tardó muchísimo. Aproximadamente mes y medio en tener el borrador para la constitución de la sociedad, es decir, el acta constitutiva. Una vez que firmamos el documento, el notario dejó una cláusula en el que indicaba que iba a esperar a que nos diéramos de alta en el SAT para que definitivamente procediera para darnos de alta en el registro mercantil. Así que llegados a este punto, nuestro próxima tarea es acudir al SAT para registrarnos y obtener nuestro Registro Federal de Contribuyentes.


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jueves, 27 de junio de 2013

ELECCIÓN DE LA FORMA JURÍDICA

En esta ocasión vamos a ver la forma jurídica que hemos elegido y las diferentes opciones que se nos planteaba en un inicio. Toda empresa que quiera constituirse legalmente (no hablamos de la taquería de la esquina) debe elegir una forma jurídica. En base a dicha forma jurídica la empresa tendrá unos derechos y obligaciones, y unas reglas de juego específicas a dicha forma jurídica. Quiero dejar claro que yo no soy ningún experto en formas jurídicas, por lo que lo que expongo en este blog es mi forma simplificada de explicar las cosas.



OPCIONES DE FORMA JURÍDICA

En general hay una serie de factores que nos pueden guiar o inducir a elegir una u otra forma jurídica. Principalmente depende (no necesariamente) de los siguientes aspectos:
  • Actividad de la empresa: hay que tener especial cuidado si la legislación vigente tiene alguna limitante para la actividad que vamos a ejercer. Es decir, aunque no es muy habitual, puede que para ejercer cierta actividad, estemos obligados a una forma jurídica en específico.
  • Número de participantes o promotores: En base al número de personas que participan en la empresa, deberíamos elegir una u otra forma jurídica. Generalmente si los promotores de la empresa son 2 o más personas, se crea una Sociedad.
  • Responsabilidad: Para mi uno de los factores más importantes. Dependiendo de la forma jurídica, la responsabilidad puede estar limitada, es decir, si las cosas van mal, deudas etcétera, los socios tienen que responder con una cantidad limitada, con aquella cantidad que aportaron a la sociedad. En otros casos como puede ser el caso de un emprendedor individual como persona física, su responsabilidad es ilimitada, es decir, debe responder con todo su patrimonio.
  • Inversión: dependiendo de la forma jurídica, el capital mínimo que deben aportar los socios va a variar.
  • Régimen fiscal : En este caso depende del régimen fiscal de cada país, pero dependiendo de la forma jurídica, la carga impositiva puede variar. En otras palabras, dependiendo de la forma jurídica, puede que tengamos que pagar más o menos impuestos.

Las principales opciones que barajamos nosotros fueron las de:
  • Sociedad Cooperativa: No era viable por la cantidad de mínima de socios (5), pero es un concepto muy interesante como en el caso en España de Mondragón Corporación Cooperativa, la cooperativa más grande del mundo. Su peculiaridad es que cada trabajador (sea operador o sea gerente) puede ser socio de la empresa, a efectos co-propietario de la empresa, y al final del año se reparten entre todos los beneficios (Si los hay). El hecho de que todos sean parte de la empresa, es un motivador importante para dar lo mejor de cada uno. El caso de Mondragón es un conocido caso de estudio, y últimamente ha sido noticia en diferentes medios importantes como el Financial Times, debido a que sus trabajadores (socios) acordaron bajar entre un 5% y 8% sus salarios (reducción de beneficios) con el fin de dar un respiro al grupo ante la crisis en la que está sumido España.
  • Sociedad Anónima de Capital Variable: La conocida SA de CV se trata de una sociedad sin límite máximo de socios. Desconozco exactamente la legislación, pero a riesgo de equivocarme, el capital mínimo a aportar por cada socio es de 50,000 pesos mexicanos. Desde mi punto de vista este formato es más apropiado para empresas que puedan requerir una inversión importante durante su constitución, (maquinaria etcétera) con importantes expectativas de crecimiento, con las inversiones o ampliaciones de capital que ese hecho pueda suponer, o empresas con muchos socios (o en los casos donde una empresa es socia de otra). De hecho en este formato de sociedad, los socios son denominados accionistas. Las sociedades anónimas tienen una herramienta para obtener importantes aumentos de capital: el mercado de valores o la bolsa. Las sociedades anónimas sacan a la venta un número de acciones al mercado de valores, donde los inversores pueden  comprar dichas acciones, con lo cual aumenta el capital de las sociedades anónimas. Los accionistas, si procede, reciben las utilidades en forma de dividendos. Obviamente también se obtienen utilidades o pérdidas con la compraventa de acciones, pero ese es otro tema. Los accionistas dependiendo del número de acciones, tienen más o menos derechos de decisión. En una sociedad anónima, de alguna manera el “control” de la empresa está más disperso.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable: S de RL de CV. Esta es la forma que elegimos nosotros. ¿Por qué? Porque en este caso sólo somos 2 socios, y nuestro proyecto de empresa no requiere inversiones excesivamente fuertes para empezar. Además el capital mínimo es inferior a una SA de CV (3,000 pesos mexicanos), y el control de la gestión está “más reducido”  a los socios fundadores. Desde mi punto de vista es más adecuado para empresas con pocos socios, que no requieran fuertes inversiones, crecimientos moderados y en el que no requieran importantes aportaciones o aumentos de capital. El voto de cada socio tiene el peso porcentual del capital aportado. Por ejemplo, si son dos socios y cada uno aporta 5,000 pesos, cada voto tiene un 50% de valor (esta situación no es recomendable porque en caso de desacuerdo nunca se obtendrá la mayoría de votos). Las utilidades también se deben repartir en base al % aportado por cada socio. 
Les dejo los siguientes enlaces en los que pude encontrar información interesante. Recuerden que este es mi blog, y como tal es la información que ofrezco desde mi punto de vista. La información puede ser errónea, por lo que ante la duda lo mejor siempre es recurrir a los profesionales especialistas, donde nos pueden asesorar mejor. Enlaces:

  1. Colegio de Notarios del Distrito Federal: Diferentes formas jurídicas
  2. Principales características entre una S de RL de CV y SA de CV
  3. Información mucho más detallada sobre algunas formas jurídicas


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PRESENTACIÓN

Hola amigos:



Presentación emprendedores
Hoy me voy a estrenar en este blog. Actualmente estoy metido en el proceso de creación de nuestra (mi socio y yo) propia empresa acá en México, y he decidido compartir la experiencia con ustedes. De esta manera espero que todas las dudas, trámites, obstáculos y demás incidencias que me surjan en este apasionante camino, ayuden a todos aquellos que decidan dar el paso de emprender. Si al menos consigo que uno de ustedes no cometa algún que otro error que haya cometido yo, me daré por satisfecho.



La empresa se constituyó hace un mes, y ya lo hemos dado de alta en el SAT (Servicio de Administración Tributaria. Hacienda, en otras palabras). Pufff... empiezo a sudar con sólo recordarlo. Actualmente estamos en esta fase. No obstante, en mis primeros post les hablará de todo el proceso de constitución de la empresa ante notario, forma jurídica elegida, proceso de alta en el SAT y todo lo vivido hasta el día de hoy. Más adelante analizaremos cual es nuestra plan de negocio, propuesta de valor, estrategias y todo lo que conlleva la creación de una empresa.

Después de esta breve descripción, ahora toca hablar de mí. Mi nombre es BEMBEM. Soy un hombre de 37 años. Actualmente soy Gerente General de una empresa que fabrica  autopartes para el sector automotriz. Llevo 8 años en este puesto, y he aprendido muchísimo en todos estos años. Mis condiciones salariales y laborales son buenas, pero he decidido dar este nuevo paso. Durante este tiempo combinaré ambos trabajos como pueda, pero a partir de Enero del 2014 quiero meterme de lleno en mi aventura empresarial. ¿Por qué? No tengo la respuesta exacta, pero hay algo dentro de mí, una vocecita que lleva ya muchos años pidiéndome que cree mi propia empresa, y creo que ha llegado el momento: Me siento preparado mentalmente, técnicamente, y necesito este reto en mi vida. Sólo jugamos una vez en esta vida, y hay que intentarlo. Es un momento difícil, teniendo en cuenta que tengo mujer y dos hijos, pero considero que siempre puedo volver a mi vida anterior en una empresa. Este nuevo negocio no tiene nada que ver con lo que he hecho actualmente. Hay muy poco de lo que puedo aprovechar de mi trabajo actual. Aparte del conocimiento adquirido, quizás algún que otro contacto, pero muy poco. Por ello deduzco que me esperan momentos muy duros, pero así es la vida del emprendedor. Sé que con el apoyo de mi familia, y el de ustedes, tendré siempre bien alto mi ánimo.

Así que a partir de ahora invitados están a esta aventura. Prometo escribir regularmente, y ya saben, lo prometido se convierte en deuda.

Bienvenidos a bordo!